#2 IA en la Administración de Justicia y Abejas en Fundo Ajeno
¡Hola!
Soy José Mira, abogado, y te doy la bienvenida a este espacio llamado Cosas de Derecho donde comparto mi visión de las cosas que considero de interés.
Todo parecía ir bien el pasado domingo (20 de Febrero de 2022) hasta que tuve acceso a una noticia titulada Jueces robots y sentencias automáticas: el futuro que ya estudia el CGPJ y publicada en La Razón.
La verdad que el titular llama la atención, pero desde mi humilde opinión esto es querer correr antes de empezar a andar. Está muy bien sobre el papel este tipo de planteamientos y estudios, pero los avances que proponen requieren tener, previamente, unos sistemas potentes que permitan hacer las cosas más básicas en el menor tiempo posible.
Invertir en buenas conexiones de Internet, en “nubes” solventes para poder dar respuesta rápida a las solicitudes de acceso por parte de los operadores jurídicos al expediente judicial, o incluso acceso a este expediente por parte de los profesionales (que no ocurre en todas las jurisdicciones sin Comunidades Autónomas). Son elementos básicos que creo que son más necesarios que la IA para el dictado de sentencias.
Y otra cuestión a abordar son las ejecuciones. Otro duro caballo de batalla en prácticamente todas las jurisdicciones. Eficiencia en las ejecuciones forma parte también del contenido del artículo 24 de la Constitución Española. De nada sirve tener una sentencia si luego nos las vemos y nos las deseamos para poder dar cumplimiento a las mismas. Tal vez, en este ámbito, la IA si que puede jugar un papel importante.
Pero en definitiva requiere de inversión y, lógicamente, una prelación de intereses y objetivos. De nada sirve la IA si luego faltan medios materiales y humanos a los actores jurídicos, dificultad de comunicación con la administración de justicia por parte de los intervinieres (procuradores, letrados o graduados sociales).
Y ya como crítica absoluta que demuestra la importancia de solventar e invertir en las cuestiones más básicas, LexNet no soporta, en los nombres de los documentos caracteres especiales como tildes o incluso la propia letra Ñ, tan común en nuestro uso lingüístico. ¿No os parece fascinante?
La Sentencia Curiosa
En este caso no es una sentencia, sino son varias.
A todos nos fascinó en la carrera el famoso artículo 612 del Código Civil. ¿Lo recuerdas? El de las abejas 🐝 y la posibilidad persecución por fundo ajeno sin consentimiento del titular.
Pero, ¿cuántas veces se ha aplicado? A esta pregunta hay que hacerle una salvedad, y es que se haya aplicado y que la sentencia esté publicada. Pues eso he hecho. Buscarlo en CENDOJ y, oh sorpresa, se ha aplicado en 4 ocasiones de las cuales, ninguna ha sido en la jurisdicción civil.
Sentencia del Juzgado de lo Contecioso-Administrativo nº1 de Lleida, número 187/2013 de fecha 5 de julio. Un conflicto entre un jabalí, unos daños a un vehículo, la supuesta responsabilidad de una administración pública y si el cerdo salvaje era propiedad del coto de caza de donde salía.
Sentencia del TSJ de Madrid (Sala de lo Social) número 25/2007 de 22 de enero. Una sentencia interesante (y que seguramente traeré en otras ocasiones) en la que utiliza el artículo 612, para acabar fallando la inexistencia de prescripción en una reclamación por contacto con el amianto en un centro de trabajo.
Sentencia del TSJ de Madrid (Sala de lo Social) número 50/2006, de 20 de febrero. Sentencia igual que la anterior que, aún siendo más antigua, por el orden utilizado me remito a la de 2007.
Sentencia de la Ilma. Audiencia Provincial de Albacete, sección 1ª (penal) número 43/1999, de 24 de marzo . Una sentencia que analiza si los enjambres de abejas pueden considerarse animales feroces o dañinos y si era de aplicación el artículo 631 del Código Penal actualmente derogado.
Pues hasta aquí el repaso de esta semana.
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